Aspectos compartidos y limitaciones de las visiones teóricas

Todas las perspectivas teóricas y ejemplos vistos en la sección anterior evidencian que existe una gran disparidad de concepciones distintas de lo que son los comunes urbanos, que en algunos casos llegan a ser notables1. Sin embargo, sí que es posible identificar varios elementos clave compartidos, como son los principales de autores de referencia o el conjunto de casos prácticos que se consideran como ejemplos claros de comunes urbanos. Estos dos elementos confeccionan una suerte de marco teórico primitivo compartido por buena parte de estudiosos y activistas que podría resumirse de la siguiente forma.

Existe una literatura básica compartida por la mayoría de autores que han abordado el tema de los comunes urbanos y la autogestión formada por Ostrom, Lefebvre, Hardt, Negri y Harvey, así como referencias continuas al mundo del software y la cultura libres (Acero Caballero, Aguirre Such, Arévalo Martín, Díaz Rodríguez, y Romero Fernández de Larrera, 2014, p. 46; Benkler, 2006; Bradley, 2015; Corsín Jiménez, 2014; Corsín Jiménez y Estalella, 2014; Fuster Morell, Subirats, Berlinger, Martínez Moreno, y Salcedo, 2015; Lange y Waal, 2013). Si bien se trata de académicos de autoridad innegable y de discursos muy sugerentes, tal y como hemos argumentado en el capítulo 3 (Framing the commons: A proposal), muchos de ellos representan visiones que han avanzado de forma totalmente independiente y que en algunos casos son totalmente opuestas (por ejemplo, Stallman y Benkler), lo cual evidencia una voluntad de querer dotar de un cuerpo teórico a determinadas prácticas de forma demasiado forzada (que en algunos casos roza las falacias ad hominem) y que, a pesar de que pueda parecer coherente en un nivel superficial, no está en absoluto bien articulado.

Así pues, estamos ante un cuerpo teórico de los comunes en continuo desarrollo que no parte de un único lugar ni ha ido evolucionando de forma lineal, sino que picotea aspectos concretos provenientes de las tres corrientes independientes de los comunes que presentamos en el capítulo 3 y que acaban conformando una suerte de genealogía triple de los comunes urbanos que hemos reflejado en la figura 4.5.

En la base de este cuerpo teórico en ciernes se encontraría la conceptualización de los comunes que hizo Ostrom como «Commons [are] a series of common-pool resources and public goods which are difficult, although not impossible, to exclude other people from» (Ostrom et al., 1994, pp. 6-7), y, muy especialmente, de la identificación del problema de los polizones (freeriders)2 que abusan de los comunes y de los aspectos clave de los comunes, como la gobernanza de las comunidades. De esta genealogía de los comunes como recursos naturales también se rescataría la existencia de bienes comunales a lo largo de la historia (aunque a menudo centrada únicamente en los comunes naturales de la Inglaterra preindustrial3) como justificación historicista4 e incluso como visión idealizada de los mismos, así como de la identificación del concepto clave antagónico de los comunes: los cercamientos5. A esta visión de los comunes como recursos habría que añadirle la social6, defendida por marxistas y postmarxistas como Negri, Hardt, o Harvey, de la que toman prestada su carácter revolucionario, su ideología anticapitalista y buena parte de su lenguaje y conceptos como la noción de lucha de clases, apropiación y reproducción social que terminan conformando la dimensión más política y revolucionaria de los comunes urbanos. A su vez, la genealogía de comunes digitales7, a pesar de que también es muy dispar en cuanto a naturaleza y motivaciones, proporciona la actualización de casos de estudio que encaja con el paradigma informacionalista de la sociedad red8, así como los conceptos de producción entre iguales y colaboración. A eso habría que añadirle, además, que proporcionan la base tecnológica y marco cultural de muchas de las iniciativas que hoy consideramos comunes urbanos.

Fig. 4.5: Genealogía de los comunes urbanos

Todo ello quedaría aderezado con la visión política y social de la genealogía activista y por un concepto, tan abstracto e indefinido como sugerente9, como es el del derecho a la ciudad, proclamado en 1968 por Henri Lefebvre (19681976, 19702003), que sirve como elemento legitimador de las reivindicaciones de muchas de las luchas políticas defendidas por los comunes urbanos así como de justificación de prácticas alegales, o directamente ilegales, como la ocupación.

Por último, tomaría también los aspectos que comparten las tres genealogías, como son la autogestión, la oposición a cualquier forma de cercamiento y sus motivaciones no mercantilistas.

Concepto Referentes
Son recursos y bienes públicos que son difícilmente sustraíbles o apropiables por un grupo determinado de personas. Elinor Ostrom
Uno de los mayores problemas es que existan personas que se quieran apropiar de ellos o abusen de ellos en beneficio propio y en detrimento del bien común (polizones) Elinor Ostrom
Provienen de una tradición que data de antiguo (normalmente se usa como referente la Edad Media en Inglaterra) Elinor Ostrom, Peter Linebaugh
Son luchas políticas, ligadas a una lucha de clases y de ideología anticapitalista Marx, Hardt, Negri. Harvey
Los comunes urbanos se oponen frontalmente a los cercamientos de todo tipo Ostrom, Hardt, Negri, Linebaugh, Harvey
Las reivindicaciones de los comunes urbanos son legítimas en tanto que se amparan y promueven el derecho a la ciudad Henri Lefebvre
Son ejemplos de producción entre iguales Yochai Benkler
El marco de la sociedad red: nuevo paradigma informacionalista en el que la producción es inmaterial y biopolítica Castells, Hardt, Negri
Cultura hacker y del mundo del software libre como referente Benkler, de Waal, Corsin y Estalella, activistas, Paisaje Transversal

Tabl. 4.1: Trazado del discurso de los comunes urbanos.

A pesar de que pueda existir cierta lógica en la construcción de este cuerpo teórico, tal y como vimos en el capítulo anterior (Framing the commons: A proposal), se trata de algo artificial. Aunque las tres genealogías propuestas no son puras, no es menos cierto que, generalmente, no ha habido ningún tipo de conexión entre los estudiosos y activistas de cada una de ellas10. Es en la academia donde se ha querido buscar un discurso lineal inexistente a partir de unir fragmentos inconexos que puedan ayudar a comprender unos conceptos que son de por sí complejos y polifacéticos. Incluso también ha habido cierto interés en que sea así desde los propios activistas, que buscan justificar su propia praxis a pesar de mostrar cierto desprecio por los discursos puramente teóricos. Sin embargo, no hay indicios que apunten que tal hibridación de conceptos exista de forma natural.

A continuación, desarrollamos una serie de aspectos que evidencian ciertas limitaciones y problemáticas de esta visión más o menos compartida y resumida sobre los comunes urbanos, para terminar abogando por un análisis más detallado que evite caer en tópicos y vaguedades.

Visión holística e integradora

Tanto o más importante que identificar los aspectos definitorios de los comunes urbanos es comprender que todos y cada uno de ellos deben darse a la vez para que algo sea considerado un común urbano. Así pues, los comunes urbanos no son únicamente un objeto o un recurso gestionado por un grupo de gente, ya que si así fuera, según esta definición tan genérica podrían encajar cosas tan variadas como una empresa (como defiende Edward Block (2011) para descalificar a los comunes al considerarlos una falacia irrelevante), cualquier tipo de cooperativa o, en el mejor de los casos, cualquier tipo de recurso natural. El hecho de no ser ni públicos ni privados tampoco es condición suficiente, ya que como bien ejemplifican en clave de humor pero de forma muy esclarecedora en el Observatorio Metropolitano de Barcelona, las palomas de la plaza de Catalunya no son ni públicas ni privadas, pero eso no las convierte en comunes urbanos (Observatori Metropolità de Barcelona, 2014). Tampoco son solamente una comunidad, pues bajo este paraguas podrían entenderse cualquier tipo de asociación, desde una junta de accionistas, a un club de caza, pasando por una familia, unas comunidades que difícilmente pueden considerarse comunes urbanos en sí mismos.

El hecho de entender estos elementos por separado es lo que produce confusión y lleva a la siguiente limitación: su perversión y consiguiente pérdida de relevancia.

Perversión del concepto y pérdida de relevancia

Tal y como advierte David Harvey (20122013, Capítulo 3), existe un riesgo real de que los comunes urbanos sean capitalizados mediante la apropiación de su discurso de modo que se pervierta el concepto de tal modo que acabe siendo algo muy similar a aquello a lo que se oponen. El ejemplo más claro de perversión del concepto y apropiación por parte del lenguaje capitalista es el de calificar a las comunidades de acceso restringido o condominios cerrados (gated communities)11 como comunes urbanos, algo que el mismo Harvey (20122013, p. 113) califica de «desfachatez» y que Elisabeth Blackmar (2006) considera la verdadera «tragedia» de los comunes (en clara alusión a Hardin). Si bien es cierto que proporcionan servicios a una comunidad, entendemos que no se trata de comunes urbanos porque, más allá de servir a una comunidad formada por una élite económica, no cumplen ningún otro de los hechos diferenciales de los comunes urbanos que hemos identificado anteriormente a partir de las distintas visiones teóricas y es claramente un espacio privado. Estas nuevas fortalezas del siglo XXI son tan ajenas a los comunes urbanos como los castillos medievales lo eran a los comunes naturales en la época feudal.

Fig. 4.6: El Zorongo (Zaragoza), un condominio cerrado con servicios. Fuente: Bing

Tal es la apropiación por parte del lenguaje capitalista que hay varias promotoras inmobiliarias al uso llamadas «Urban Commons» cuyas webs no muestran ninguno de los principios de los comunes urbanos defendidos en esta investigación, sino que ofrecen productos de viviendas lujosas, normalmente en «gated communities», que sin embargo usan su lenguaje y nomenclatura como elemento de marketing. Así, la inmobiliaria con sede en Los Ángeles llamada «Urban Commons» muestra en su página «Strategy» frases como estas:

Urban Commons has a successful track record for developing, repositioning and rebranding assets throughout the United States. The company focuses on impacting under-managed and under-utilized assets by developing innovative and emerging properties to promote optimal economic, social and environmental returns. […] Urban Commons is committed to helping the communities where we work and live, and where our people, ideas and resources can make a difference. We insist that each property participates in at least one major philanthropic endeavor annually. Some of our sponsored events and engagements are shown on the following page12.

Otro ejemplo similar lo encontramos en la agencia de diseño con mismo nombre pero con sede en Melbourne que ofrece diseño de mobiliario urbano y productos urbanos: «Inspired by ‘the commons’ spirit – resources that are owned in common – we empower our clients to create places that facilitate shared experiences, whether on a rooftop garden or in a shared residential or work-space»13.

Fig. 4.7: Kierland Commons (Phoenix), un supuesto pueblecito y común urbano que en realidad es un centro comercial y un club de golf.

Otros ejemplos de mal llamados comunes urbanos son los proyectos de emprendedores sociales y empresas de la economía colaborativa o sharing economy como AirBnB, Uber, TaskRabbit, Wallapop... que ven en los derechos sociales (en el caso de los primeros) o en el consumo colaborativo (en el caso de los segundos) un nicho de mercado. Así pues, aunque hay quienes defienden que dichas empresas están basadas en los principios de los comunes (Botsman y Rogers, 2010) o que el hecho de que el consumo colaborativo sea entre pares (peer to peer) como condición suficiente para calificarlo como comunes y atribuirles sus características positivas (Dillahunt y Malone, 2015), no son menos quienes argumentan que se trata de algo completamente distinto (Martínez Moreno, 2016). Uno de ellos es Evgeny Morozov (2014c), quien recuerda que difícilmente puede tildarse de iniciativas ciudadanas a las propuestas realizadas por grandes multinacionales o startups que buscan su nicho de mercado en un modelo económico cambiante a la vez que contribuyen a acrecentar la brecha entre clases. Otros ven en este tipo de empresas una falsa promesa que se ha convertido en un nuevo modelo de capitalismo llamado «capitalismo plataforma» (Srnicek y De Sutter, 2017) basado en la construcción de plataformas que ponen en contacto a personas que ofrecen un servicio o algo para comprar o -especialmente- alquilar, a cambio de cobrar una comisión por cada transacción realizada entre dichas personas (los llamados pares -peers- que dan nombre al concepto) (Benítez, 2016), lo cual se traduce en una forma de autoexplotación por parte de iguales14.

Sin embargo, sería ingenuo pensar que las únicas formas de tergiversación del lenguaje de los comunes vienen exclusivamente de fuera de su entorno: la falta de un cuerpo teórico sólido contribuye a concepciones ad-hoc por parte de estudiosos o activistas de los comunes urbanos que en algunos casos son tan particulares y parciales que contribuyen a trivializar el concepto. Así, existe un riesgo claro y evidente de que se convierta en un mero rebranding de iniciativas que hace tiempo que se vienen dando desde hace años (como los movimientos sociales y cooperativistas de finales de los 60 y principios de los 70 o, desde el punto de vista más urbano, y ya más recientemente, como el urbanismo ciudadano –Borja, 2012, p. 40– o urbanismo participativo –Boira Maiques, 2003; Cámara Menoyo, 2012b; Martínez López, 2005–) o de reducirlos a meras anécdotas, como el ya mencionado caso de los huertos urbanos.

Todo esto no deja de evidenciar una carencia importante: la ausencia de un cuerpo teórico sólido en el que este tipo de tergiversaciones no tengan cabida, lo cual nos lleva al siguiente punto.

La importancia del contexto o la necesidad de hacer una lectura situada

De todo lo visto anteriormente se desprende que la definición de los comunes urbanos debe de ser situada, es decir, lo que se entiende como común urbano variará necesariamente en función del contexto geopolítico y temporal. No se trata tanto (o únicamente) de que la noción de común urbano cambie de un lugar a otro o ni tan siquiera de que se trate de algo cultural. Se trata más bien de que, dado que cada común urbano es una lucha o reivindicación que responde a una problemática concreta, esta será necesariamente distinta en función de dónde esté situada. Así pues, el hecho de no tener cubiertas las necesidades más básicas puede hacer que aparezcan comunes urbanos como el del vertedero de la Chureca que hemos mencionado en la sección 4.2 (Ejemplos concretos de comunes urbanos), algo que sería impensable en Estados Unidos o Dinamarca. Por otro lado, en países donde el Estado del bienestar no es tan fuerte y sin embargo existe una economía fuerte que permite la existencia de una clase media o alta relativamente numerosa15, pueden existir comunes urbanos que en otros contextos serían asimilables a servicios públicos o simplemente se producirían en alguno de los abundantes parques o plazas públicas. Incluso los mal llamados comunes como las comunidades cerradas se producen en lugares muy concretos donde las diferencias económicas y sociales son muy acentuadas y crecientes.

Pero no solo la problemática a resolver es distinta en función del contexto, sino que la forma en que se materializarán los comunes urbanos como herramienta al servicio de las comunidades locales para hacerle frente también variará considerablemente en función del mismo. Incluso cuando las problemáticas puedan ser similares, los resultados podrían ser muy dispares dado que también son diferentes el tipo de comunidades que gestionan los comunes, como también lo son los recursos de los que disponen, las leyes a las que están sujetos, el tipo de relación que pudieran tener con las distintas Administraciones (especialmente la local) o el trasfondo cultural en el que ocurren.

Por consiguiente, no podrá ser lo mismo un común urbano que describe Harvey cuando habla de Johanesburgo, Bombay, Los Ángeles, Shanghai o Sao Paulo, que los ejemplos que puedan aparecer en Barcelona o los enunciados por autores de países nórdicos, por citar algunos ejemplos. Por ello, en esta investigación hemos decidido situar el estudio en un contexto geográfico, político, cultural y temporal muy acotado: la Barcelona de la segunda década del siglo XXI, tal y como argumentamos en el capítulo 1.3 (Justificación del objeto de estudio y del contexto).

Público, privado, común

Otro ejemplo de la importancia de hacer una lectura situada de los comunes y de la utilización del lenguaje está en que es relativamente frecuente encontrar referencias a espacios y bienes públicos como sinónimos de bienes comunes. Esto es especialmente frecuente en autores de países donde la cultura de lo público y del Estado del bienestar no está tan enraizada frente a la cultura de lo privado y donde espacios como centros comerciales hacen las veces de espacios públicos en tanto que son lugares de pública concurrencia, están vinculados a actividades de ocio e incluso cultura y permiten la socialización entre grupos de personas. Ante esta situación es habitual contraponer estos espacios a otros que no están ligados a entidades privadas o al consumo (dos aspectos totalmente contrarios a la ideología de los comunes) como parques, calles o plazas y, por tanto, calificar a estos últimos como comunes urbanos, lo cual resulta confuso y cuanto menos problemático16. Por ello, algunos autores han tratado de distinguir entre común, privado y público, como por ejemplo Stavros Stavrides, quien resume sus diferencias de la siguiente manera:

Common spaces are those spaces produced by people in their effort to establish a common world that houses, supports and expresses the community they participate in. Therefore, common spaces should be distinguished from both public spaces and private ones. Public spaces are primarily created by a specific authority (local, regional or state), which controls them and establishes the rules under which people may use them. Private spaces belong to and are controlled by specific individuals or economic entities that have the right to establish the conditions under which others may use them (Stavrides, 2015, pp. 10-11).

Sin embargo, según el sistema urbanístico español las calles, plazas y parques, entre otros, son espacios públicos en tanto en cuanto son bienes demaniales, esto es, de titularidad pública y al servicio público. Por tanto, no pueden ser objeto de permutas o ventas que los conviertan en titularidad privada. A su vez, su gestión va a cargo de la Administración (local, autonómica o estatal)17 y su uso está regulado, pudiendo ser uso común general o privativo, como en el caso de las terrazas de bar en vía pública o las viviendas de protección oficial. Pese a que el debate entre bien público y bien común es pertinente18, es también tramposo en cuanto a que los comunes urbanos nada tienen que ver con la titularidad del suelo, puesto que tradicionalmente se han opuesto a ella19. Sea como fuere, es importante dejar constancia de que, por lo menos en España, ni todos los bienes públicos son bienes comunes ni todos los bienes comunes se producen en espacios públicos.

Ocurre algo similar con las cooperativas: a menudo se equiparan a comunes, dado que su sistema de toma de decisiones y gestión es colectiva, tal y como ocurre con la gobernanza de los comunes. Tanto es así que es la figura jurídica más utilizada por buena parte de los comunes que han constituido legalmente. Sin embargo, las cooperativas son un régimen legal que está regido por la Ley de cooperativas (Ley 122015, de 9 de julio, de cooperativas, 2015; LEY 271999, de 16 de julio, de Cooperativas, 1999) y, aunque pueden tener fines sociales que vayan más allá del lucro o incluso partir de reivindicaciones, no tiene por qué ser siempre así. Por tanto, de nuevo, ni todas las cooperativas son comunes, ni todos los comunes tienen que constituirse en cooperativas.


  1. Seguramente el ejemplo más claro de ello sea el contraste entre gated communities para élites económicas y los «churequeros» que viven y se organizan en y alrededor del vertedero de la Chureca.

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  2. En otros textos se ha traducido freerider como «gorrón» en el sentido que da la RAE para definir a aquel «que tiene por hábito comer, vivir, regalarse o divertirse a costa ajena».

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  3. Tal como hemos desarrollado en la sección 2.1 An archaeology of the commons, la historia de los comunes no solo no se limita únicamente a ese ámbito geográfico ni temporal, sino que es incluso mucho más antiguo y extenso.

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  4. Aquí el referente sería Peter Linebaugh (2008). [return]
  5. Leif Jerram (2015) hace una lectura crítica de esta visión supuestamente historicista, ya que según él está más próxima a un ideario imaginario que nunca existió que a la instantánea de un momento histórico. Según él, el hecho de utilizar frecuentemente el término «reapropiación» asociado a los comunes urbanos parece indicar que los comunes vuelven a tomar algo que originalmente les perteneció, pero eso raramente ha sido así y también destaca que tiene connotaciones mucho más positivas que decir «apropiación», un concepto ligado a los antagonistas de los comunes: los cercamientos.

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  6. Para más información sobre esta visión, remitimos a la lectura de la sección 3.3.

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  7. Para más información sobre esta visión, remitimos a la lectura de la sección 3.2.

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  8. Una sociedad que, según Castells (2006b, 2010), es la sociedad en la que estamos sumidos y que ya no es la sociedad industrial, algo en lo que sí que hay puntos de conexión con la posición de Hardt y Negri.

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  9. Para un análisis del concepto sugerimos la lectura de Harvey (2008); Marcuse (2011, 2012); Purcell (2002).

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  10. Incluso vimos que hay notables discrepancias dentro de los autores de un mismo grupo, como en el caso de las evidentes entre el Software libre y el Open Source y sus respectivos ideólogos Richard Stallman y Linus Torvalds, como tampoco resulta difícil imaginar que habría serias discrepancias entre Benkler y Marx o entre Ostrom y Torvalds.

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  11. Según James Blakely y Mary Gail Snyder (1997), en 1997 solo en Estados Unidos más de 8 millones de personas vivían en este tipo de comunidades cerradas para ricos, que a su vez representaron casi el 10% de vivienda nueva construida en ese periodo. Estas cifras se han visto incrementadas, según David Harvey (20122013), si se tienen en cuenta el notable aumento de gated communities en Asia y America Latina. Asimismo, Elizabeth Blackmar (2006, p. 49) cita varios ejemplos de condominios cerrados calificados de comunes, como el caso de Kierland Commons (Phoenix), NoHo Commons (Los Ángeles), East Lake Commons (Atlanta), Sommers Commons (Nueva York). Por otra parte, aunque este tipo de construcciones son típicas de los continentes americanos y asiáticos, en España no son del todo ajenas. Prueba de ello es que, únicamente en Zaragoza, existen varias urbanizaciones cerradas como la del Zorongo o Montecanal, un barrio exclusivo hecho casi exclusivamente con esta tipología.

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  12. [http://www.urban-commons.com/] (consultada en agosto de 2016)

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  13. [http://www.urbancommons.com.au/about] (consultada en agosto de 2016)

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  14. Trebor Scholz acuñó en 2014 el término de «Cooperativismo plataforma» como contraposición a la hiperexplotación del capitalismo plataforma y para proponer un modelo alternativo basado en el cooperativismo y en recuperar los principios originales de la sharing economy. Scholz (2014, 2016) aboga por «cambiar la el concepto de propiedad, establecer una gobernanza democrática, y revitalizar la solidaridad».

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  15. A este respecto, Susser y Tonnelat (2013) denuncian que la brecha entre pobres es cada vez mayor y que la clase media se está reduciendo, diagnóstico que coincide con el estudio efectuado por Oxfam para España, en el que alertaba de que la desigualdad social es actualmente superior a la existente hace 12 años, lo cual la coloca en el país con mayor desigualdad de la UE (Aguilar, 2017; Sala, 2017).

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  16. Esta confusión es aún mayor en lo relativo a equipamientos como bibliotecas o museos, que pueden ser tanto de titularidad pública como privada.

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  17. A su vez, las Administraciones pueden decidir delegar esta gestión en entidades privadas o semipúblicas mediante procedimientos de concurso público y siempre por una duración determinada.

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  18. Spike Boydell y Glen Searle desarrollan más este aspecto, llegando a afirmar que «one of the central issues here is the diversity of rights, obligations and restrictions that can apply to an urban commons. This diversity leads to the need to conceive a mosaic of real property rights that govern these public (and semi-public) spaces» (Boydell y Searle, 2014, p. 324).

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  19. Más bien se trata de dos aspectos antagónicos: como hemos visto en el capítulo 2.1 (An archaeology of the commons), los comunes se basan en el sistema de costumbres celtas, mientras que el sistema de la propiedad se basa en el Derecho romano. A su vez, la propiedad es divisible, mientras que un común no puede serlo jamás.

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